Zona de acampada El Lagar
La zona de acampada El Lagar se encuentra ubicada en el municipio de Icod de los Vinos. Se puede acceder a través de Ctra. La Guancha-Casa Forestal, 2ª pista forestal a la dcha., 9 km. Cuenta con una superficie aproximada de 5.800 metros. Existe un área recreativa en la cercanía, cuyo horario de cierre es las 19:00 en invierno y las 21:00 en verano
Las zonas de acampada son espacios al aire libre, delimitados y señalizados para acampar en áreas naturales con la finalidad de disfrutar del contacto directo con la naturaleza, por lo que es posible pernoctar en tiendas de campaña, autocaravanas, caravanas u otros vehículos adaptados o sin ninguno de ellos, hasta un máximo de 7 días seguidos, previa autorización. Cada solicitud de acampada podrá incluir una única reserva de plaza para caravana. Para reservar más plazas de caravana deben tramitarse solicitudes de acampada adicionales. La reserva autoriza la estancia en la zona desde la salida del sol del día la fecha de entrada, hasta las 19:00 horas del día de la salida. Las zonas de acampada no cuentan con equipamiento propio, si bien, al estar la mayoría anexas a un área recreativa que sí dispone de instalaciones y servicios, los acampados pueden hacer uso de los mismos. Además de la instalación de las tiendas de campaña, está permitido el uso de mobiliario plegable de pequeño tamaño (mesas, sillas, sombrillas, etc.), siempre que no dificulte el tránsito de personas. Únicamente podrá encenderse fuego para la preparación de alimentos, mediante el uso de bombonas de gas, o, en el caso de zonas de acampadas anexas a áreas recreativas, en los fogones habilitados para ello. Podrán usarse bombonas de gas de hasta 3 Kg, que deberán instalarse en una superficie llana, desprovista de vegetación y de objetos cercanos. El uso de barbacoas portátiles está prohibido. Los vehículos se estacionarán en la zona habilitada como aparcamiento. Los vehículos no obstaculizarán el tránsito. Está prohibida la pernocta en la zona habilitada como aparcamiento. Se prohíbe el uso de grupos electrógenos, así como la emisión de sonidos amplificados mediante aparatos de música o megafonía. En los desagües de los surtidores de agua no podrán verterse sustancias ni residuos, entendiéndose también prohibido el uso de detergentes. No se podrá hacer provisión de agua y transportarla fuera de las instalaciones. Se prohíbe el tránsito de caballos y circular con vehículos de motor y bicicletas en la zona de acampada. Los animales de compañía deberán permanecer atados y bajo el control directo de su tenedor o propietario. No está permitido tirar al suelo basura, ni verter líquidos. Las bolsas de basura deberán estar convenientemente cerradas y se depositarán en los contenedores. Se tendrá especial cuidado con los fósforos y cigarrillos, depositándose las colillas en contenedores. Se prohíbe arrancar, cortar o dañar ejemplares de la flora silvestre. Igualmente está prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, así como destruir dañar o recolectar sus nidos, crías o huevos. En el caso de grupos de más de 10 personas, esta autorización sólo es válida si el solicitante acude a la zona de acampada con la presencia efectiva de al menos 80 por 100 del número de personas para las que se realizó la solicitud. Al realizar la actividad se atenderán las indicaciones de los Agentes de la Autoridad: Agentes de Medio Ambiente, Agentes Forestales, Guardia Civil (SEPRONA) y Policía Local.
Para realizar la reserva https://centralreservas.tenerife.es/actividad/10
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